La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) es una entidad descentralizada sin fines de lucro, subordinada al Ministerio de Finanzas y Precios y de acuerdo con lo establecido por el Reglamento Orgánico, puesto en vigor por la Resolución No.439 de 2013 de este ministerio, tiene como misión garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias y sus funciones establecidas:
. Garantizar y supervisar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales tributarias;
. Favorecer las condiciones para el cumplimiento de las obligaciones con el Presupuesto del Estado, brindando la necesaria información y asistencia a los contribuyentes;
. Ejercer la actividad normativa y operativa en cuanto al Registro de Contribuyentes, el Número de Identificación Tributaria (NIT), la Cuenta Control del Contribuyente y demás procedimientos que aplique;
. Controlar sistemáticamente el pago de la deuda tributaria en las condiciones, cuantía y términos establecidos;
. Efectuar la determinación administrativa de la deuda tributaria cuando corresponda, y actuar conforme a derecho;
. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para lo cual realizará acciones de verificación, investigación y auditoría fiscal;
. Ejercer la vía de apremio administrativo para el cobro forzoso de la deuda tributaria, conforme a lo establecido legalmente, procediendo al embargo de activos o cualesquiera otros bienes de la propiedad de un contribuyente, cuando debidamente quede probado el incumplimiento o la evasión de sus obligaciones tributarias;
. Imponer los recargos y sanciones que procedan por el incumplimiento de las obligaciones tributarias;
. Contribuir en la prevención del delito de evasión fiscal, y aplicar las medidas necesarias para su detección;
. Resolver los recursos que se interpongan contra sus actos administrativos, y ejercer la representación legal ante los tribunales;
. Requerir de las personas naturales o jurídicas, toda clase de actuaciones, informes o antecedentes con trascendencia tributaria derivados de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas;
. Recopilar, sistematizar, procesar, y analizar la información con trascendencia tributaria;
. Analizar las tendencias, insuficiencias, y problemas que se manifiestan en la aplicación de la legislación tributaria, formulando las propuestas correspondientes o adoptando las medidas para lo cual tenga facultad;
. Propiciar el desarrollo y la elevación constante de la calificación del personal, manteniendo vínculos de trabajo con las universidades y otras entidades nacionales e internacionales;
. Fomentar la cultura tributaria en la población;
. Mantener relaciones con los organismos e instituciones que se vinculan con la línea de trabajo de la oficina;
. Atender y desarrollar vínculos de trabajo con organismos especializados de otros países y organizaciones internacionales afines; y
. Operar como unidad presupuestada realizando las funciones inherentes a ella.
Todos los trámites que se realizan en la ONAT se recepcionan en las Oficinas Municipales, donde deben presentarse las personas (naturales o jurídicas) a solicitar los mismos, en las Oficinas Nacional y Provinciales solo se atienden y responden planteamientos que pueden ser consultas, discrepancias/sugerencias, quejas o denuncias. En las oficinas municipales también se responden planteamientos. Las personas pueden tramitar los mismos por diferentes vías (personal, telefónica y correo electrónico).
Todos los pagos que se realizan al presupuesto del estado los efectúan los contribuyentes en las sucursales bancarias a través de modelos que emite la ONAT.
OFICINA PROVINCIAL SANCTI SPÍRITUS
Dirección: Martí No. 62 Esquina Isabel María de Valdivia, Sancti Spíritus
Teléfonos: 4132 9556 y 4132 9534
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y 1:00pm a 3:00pm
ONAT Municipal de YAGUAJAY
Dirección: Camilo Cienfuegos No.5 e/ Basilio Guerra y Felino Rodríguez, Yaguajay / Teléfono: 4155 2390
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
ONAT Municipal de JATIBONICO
Dirección: Maceo No.98 e/ Céspedes y Simón Reyes / Teléfono: 4188 4667
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
ONAT Municipal de TAGUASCO
Dirección: José Antonio Echevarría No.42 e/ Camilo Cienfuegos y R Este / Teléfono: 4184 5535
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
ONAT Municipal de CABAIGUÁN
Dirección: Avenida Libertad No. 51 Altos e/ Noel Sancho e Isidro González / Teléfono: 4166 2358
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
ONAT Municipal de FOMENTO
Dirección: Céspedes No.128 e/ Maceo y Ramiro Capablanca / Teléfono: 4146 2408
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am-11:00pm
ONAT Municipal de TRINIDAD
Dirección: Manuel Fajardo No.71 e/ Anastasio Cárdenas y Pedro Zerquera / Teléfono: 4199 2412
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
ONAT Municipal de SANCTI SPÍRITUS
Dirección: Rafael Rio Entero No.172 e/ Julio Antonio Mella y Longino Benítez / Teléfono: 4132 8845
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
ONAT Municipal de LA SIERPE
Dirección: Calle 17 e/ Calle 15 y Avenida 2 / Teléfono: 4143 4332
HORARIO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN
De LUNES a VIERNES - 8:00am a 12:00pm y de 1:00pm a 3:30pm
SÁBADOS - 8:00am a 12:00pm
TRÁMITES Y SERVICIOS
Los trámites fiscales que se realizan en la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) están regulados por las siguientes en la Normas legales:
Ley No.113 del Sistema Tributario y el Decreto No. 308 de 2012. Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios, publicados en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 53 de 2012.
Resoluciones del MFP: No. 20 de 2016 (TCP), No.181 de 2013 (Personal que labora en entidades extranjeras), No.532 de 2013 (comunicadores sociales y diseñadores), No. 382 de 2013 (sector de la cultura).
Ley del Presupuesto del Estado que se apruebe para el año fiscal y sus normas complementarias.
DESCARGA - Declaración Jurada - Excel DJ
. Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales DJ-08
. Usufructuarios y Propietarios de tierra CUP DJ-12
Aplicaciones de la ONAT
