Actualizado: Domingo 24 Noviembre 2019, 12:30:35.

Acontecer Provincial

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La normativa en vigor desde el  1ro de noviembre, otorga carácter legal a acciones de esta índole, paralizadas durante mucho tiempo en Cuba

carros de alquilerAnunciado en la Gaceta Oficial el pasado primero de octubre, el Reglamento para la realización de cambios y conversiones de vehículos, remolques y semirremolques comenzó a cobrar efecto este primero de noviembre, en lo que constituye una novedad para procederes de ese tipo, paralizados en el país durante muchos años.

De acuerdo con la información ofrecida a la prensa por Jorge Noa Díaz, subdirector técnico de la Dirección Provincial de Transporte (DPT), dicho paso está a tono con la Resolución No. 349 del Ministerio del ramo, y es válido para todos los propietarios de vehículos con interés en materializar esa gestión, que deberá oficializarse ante esa propia entidad.

Los motores y partes de medios de transporte, apuntó, se continúan expendiendo en las tiendas comercializadoras (en la provincia, la filial de Servicios Automotores S. A. sita en las proximidades de la DPT); o podrán ser adquiridos a particulares que posean el permiso para su venta.

“En el caso de los motores, nosotros emitimos el permiso para su adquisición, previa realización del análisis técnico correspondiente”, precisó la fuente. Especificó que el primer paso para ello es que las personas realicen la gestión de compra en la unidad comercial o taller particular, y luego acudan a la Oficina de Proyectos de la Empresa Provincial de Transporte, ubicada en Viento Negro, Olivos lII (próxima al Taller de Ómnibus). Allí se determinará, dijo, si el trámite requiere o no de un proyecto y se orientará sobre los pasos siguientes.

“Con el documento que emitimos se autoriza, además, a pasar la inspección técnica correspondiente (somatón) una vez realizados los cambios”, amplió el directivo, y detalló que en el caso de la conversión —transformación de un auto de un tipo a otro, a propósito de su cambio de uso— se podrán adquirir las partes o piezas necesarias y, de no ser preciso comprarlas en la tienda comercializadora, el interesado podrá dirigirse directamente a la DPT.

Como dato importante, alertó que los propietarios de talleres automotores con licencia operativa para realizar sus trabajos, lo mismo particulares que estatales, deberán solicitar el documento correspondiente ante la mencionada subdirección técnica, sin lo cual no podrán emitir ningún documento válido para la adquisición, por terceros, de motores o partes de vehículos.

También explicó que todas las personas naturales propietarias de vehículos que hasta el primero de noviembre hayan estado inmersas en un proceso de cambio o conversión y no lo concluyan antes de abril del 2020, deberán reiniciar dicho proceso desde el primer paso, ajustándose a lo dispuesto en el Reglamento que entra ahora en vigor.


NO SE PODRÁ CUANDO:

  • Aumente la capacidad de carga a transportar en el vehículo, así como las dimensiones de largo y ancho máximas originales del vehículo.
  • Cuando la potencia del motor a instalar sea mayor al 50 % de la del motor original de fábrica o cilindrada mayor a 100cc para motos de hasta 60 cc.
  • Cuando sea necesario realizar soldaduras directamente en el bastidor sin empleo de soporte atornillados o remachados.
  • Cuando sea necesario realizar soldaduras en el sistema de dirección y frenos o en los cuadros de las motos y ciclomotores sin la certificación de una autoridad competente.
  • Cambios de carrocerías chasis de diferente marca y modelo al original, con excepción de entre sí las de lada y Fiat-125, y Moscovich 2140 y 2141.
  • Pasar de moto sencilla a sidecar o triciclos a motos de menos de 250 cc.
  • Convertir vehículos eléctricos en combustión interna.
  • Cuando aumente la velocidad máxima establecida por el fabricante.
  • Cuando la sustitución de varios agregados induzca a la construcción de un nuevo vehículo.

TRABAJOS DE MODIFICACIÓN DEL VEHÍCULO QUE REQUIEREN DE PROYECTO TÉCNICO:

  • Modificación o sustitución del motor, de la caja de cambio, del sistema de selección de velocidades por otro de distintas características.
    Cambiar un auto de paseo en convertible.
  • Eliminar el maletero y alargar el techo de los autos de paseo.
    Adaptación de vehículos de motor para el transporte de mercancías peligrosas, así como de camiones y camionetas de carga para el transporte de pasajeros o viceversa.
  • Adaptación de autos de paseo a camionetas de carga para el transporte de pasajeros abiertas o cerradas.
  • Instalación, modificación o de-sinstalación de dispositivos para el acoplamiento de remolques y semirremolques a vehículos de motor.
  • Adaptación de partes de carrocería entre vehículos de diferentes modelos dentro de la misma marca, siempre que sean similares en sus dimensiones, y sin cambiar o modificar el chasis original y su número registral.
  • Otras adaptaciones de agregados o piezas, que no influyan en la seguridad vehicular y no impliquen cambio de marca y modelo.
  • Cambio de las carrocerías y sus partes y piezas de autos de la marca Lada modelos 2101, 2102, 2103, 2104, 2105, 2106  y  2107,  y Fiat modelo 125,  así como de Moscovich modelos 2140 y 2141 sin tener en cuenta el modelo.

LOS TRABAJOS DE CAMBIOS O CONVERSIONES QUE NO REQUIEREN DE DICTAMEN Y PROYECTO TÉCNICO SON:

  • La conversión de motocicleta con sidecar a moto sencilla y viceversa, siempre que el modelo de motocicleta incluya como variante el sidecar y no requieran trabajos de modificación o adaptación en el cuadro.
  • Cambios de motores o carrocerías u otro agregado o pieza de la misma marca y modelo.
  • Cambios de motores que aunque sean de diferentes marcas y modelos no necesiten realizar trabajos de adaptación (modificación) para instalarlos previa certificación de este ministerio.

Con la entrada en vigor de la Resolución No. 349 de 2019 del Mitrans, el país continúa dando pasos en función de garantizar una mayor seguridad vial.

Con información de ESCAMBRAY


 

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