Oficinas de Registro de Consumidores(OFICODAS)
2. Incidencias en la anulación y actualización de las libretas.
3. Alta por nacimiento.
4. Alta censado con anterioridad.
5. Alta no censado con anterioridad (parcial o total).
6. Alta por constitución o reconocimiento de núcleo.
7. Alta motivada por baja indebida.
8. Baja por fallecimiento.
9. Baja hacia otra oficina.
10. Baja por ingreso en centro penitenciario, hospital o asilo.
11. Baja temporal hacia el extranjero.
12. Baja hacia el extranjero definitiva.
13. Baja de oficio.
14. Baja y alta por cambio de establecimiento dentro de la misma oficina.
15. Baja y alta por tránsito de leche.
16. Baja y alta a menores residentes en albergues.
17. Baja y alta a médicos y enfermeras de la familia.
18. Expedición de libretas de canastilla.
19. Expedición de Dieta Médica.
Altas por nacimientos. Documentos a presentar:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC
- Tarjeta del Menor actualizada por la dirección de la madre, o del núcleo donde causará alta.
- Libreta para productos alimenticios.
Altas por traslados, que pueden ser:
- Desde otra provincia del país.
- Desde otro municipio.
- Dentro del propio municipio.
Para todos los casos se presentan los documentos siguientes:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC.
- Carné de Identidad de la persona que va a causar alta, actualizada por la dirección en la que se va a producir el alta, ya sea permanente o transitoria.
- Modelo de la Baja expedido por la ORC donde estaba anteriormente.
- Libreta para productos alimenticios donde se va a producir el alta.
- Sello del timbre por valor de $5.00.
- Declaración Jurada de Dietas Médicas, si posee dieta.
Altas Procedentes del extranjero. Documentos a presentar:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC.
- Carné de Identidad de la persona que va a causar alta actualizada por la dirección de la vivienda donde se va a producir el alta.
- Si se trata de un extranjero, presentará Carné de Identidad de Extranjero.
- Si se trata de un niño nacido en el extranjero de padres cubanos o de cubano y extranjero, presentarán la Tarjeta del Menor, por considerarse ciudadano cubano.
- Si se trata de un consumidor de nacionalidad cubana y fue enviado al extranjero por algún organismo, presentará Carné de Identidad actualizado por la dirección del
- En caso de que no haya sido enviado por algún organismo, presentará Carné de Identidad actualizado por la dirección del alta y modelo de la Baja expedido por la ORC donde estaba censado antes de salir del país, si lo
- Libreta para productos alimenticios del núcleo donde causará
Altas por Constitución de núcleos por cambio de domicilio: Cuando se realiza la apertura del núcleo por primera vez, producto de un otorgamiento, una compraventa o una donación de vivienda y se le entrega su libreta de productos alimenticios.
Constitución o reconocimiento de núcleos por cambio de domicilio: Cuando ya el núcleo está creado en otra ORC y se traslada por permuta de vivienda, se le reconoce su libreta de productos alimenticos en la nueva vivienda que adquirió en el acto de la permuta, no hay necesidad de entregar una nueva libreta de productos alimenticos, el consumidor conserva la que ya posee.
Para los dos casos se presentan los documentos siguientes:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC.
- Carné de Identidad, actualizado por la dirección de la vivienda donde se va a producir el alta, de todos los componentes del núcleo.
- Modelo de Baja de la ORC donde causó baja.
- Libreta para productos alimenticios, si se trata de reconocimiento de núcleo por cambio de
- Algún documento que pruebe la ocupación legal de la vivienda, a nombre de la persona que solicita ser jefe de núcleo, emitido por la Dirección Municipal de la Vivienda, Notaria o Banco Metropolitano, según corresponde.
- Si el documento de la legalidad de la vivienda está a nombre de un menor de 16 años, además habrá que presentar el documento que acredita al solicitante como tutor del menor y el Carné de Identidad de dicho tutor actualizado por la dirección de la vivienda de la cual el menor es propietario.
- Sello del timbre por valor de $5.00.
En los casos de compraventa de viviendas se procederá a cancelar el núcleo del vendedor de la vivienda y se le constituirá núcleo al comprador.
Altas por salidas de centros penitenciarios, hospitales o asilos. Documentos a presentar:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC.
- Carné de Identidad de la persona que va a causar alta, actualizada por la dirección de la vivienda donde se va a producir el
- Documento del centro hospitalario, asilo o centro penitenciario, según corresponda, donde se reflejen los datos del consumidor y la fecha de baja del centro de que se trate, debidamente firmado y acuñado por el organismo que lo
- Libreta para productos alimenticios donde causará
- Modelo de la Baja expedido por la ORC donde estaba censado antes de entrar al centro.
Altas para médicos y enfermeros de la familia. Documentos a presentar:
- Carné de Identidad de la persona que va a realizar el alta en la ORC.
- Carné de Identidad de la persona que va a causar alta, actualizada por la dirección de la vivienda donde se va a producir el alta.
- Documento emitido por la Dirección Municipal de Salud Pública debidamente firmado y acuñado, donde conste nombre y apellidos del consumidor y dirección de la casa consultorio.
- Sello del timbre por valor de $5.00.
- Modelo de Baja de la ORC donde se encontraba censado anteriormente.
. Tarjeta del Menor
. Carné de las FAR o el MININT.
. Carné de Identidad de extranjero.
Para realizar cualquier trámite en la ORC, será requisito indispensable la presencia de una persona de 16 años o más, lo cual se justificará a través de su Carné de Identidad.
Deberes y derechos del jefe de núcleo y la definición de núcleo.
NÚCLEO FAMILIAR: Se considera núcleo familiar a los efectos de Registro de Consumidores y del establecimiento de productos alimenticios e industriales, a todas las personas que se encuentren censados en una misma libreta de productos alimenticios, independientemente del grado de consanguineidad.
JEFE DE NÚCLEO: Considerar como Jefe de Núcleo y disponer que como tal se inscriba en la ORC y en la LPA que se expidan por estas a la persona a cuyo nombre aparezca reconocidos uno de los documentos que acrediten la legalidad de la vivienda, aprobados por el Instituto Nacional de la Vivienda.(establecidos en la Circular 2/92)
Obligaciones del jefe de núcleo
- Usar y cuidar la Libreta de productos alimenticios y exigir lo mismo a los demás miembros del núcleo.
- Facilitar la Libreta de productos alimenticios a cada uno de los miembros del núcleo cuando así lo soliciten.
- Inscribir en el núcleo o delegar en otro miembro de este para que lo haga en el establecimiento de víveres que prefiera dentro del área que abarca la ORC, siempre que la capacidad y ubicación del mismo así lo permitan, de no ser posible la inscripción de la forma anterior, se le indicara por la ORC los establecimientos más cercanos que cumplan con los requisitos establecidos, los restantes giros están en dependencia con la vinculación que tiene establecida al establecimiento de víveres.
- Inscribir en la Libreta de productos alimenticios a toda persona que lo solicite, siempre que resida con carácter permanente en su vivienda y así lo acredite mediante la presentación del Carné Identidad actualizado con dicha dirección, dicha inscripción se realizará independientemente que exista o no parentesco entre el Jefe de núcleo y el solicitante.
- Inscribir en la Libreta de productos alimenticios a todo niño recién nacido, cuya madre en el momento nacimiento se encontrara inscripta en su libreta y así lo solicite esta.
- Dar baja en el registro de consumidores y en la Libreta de productos alimenticios a toda persona que estando inscrita en su núcleo por los motivos y dentro del tiempo siguientes:
Motivos | Tiempo para dar baja |
Fallecimiento | Dentro de los 10 días hábiles posteriores al fallecimiento. |
Sea recluida en centro penitenciario por más de 3 meses | Dentro de los 10 días hábiles posteriores a los 3meses de la reclusión |
Sea hospitalizado por más de 3 meses | Dentro de los 10 días hábiles posteriores a los 3 meses de la hospitalización |
Sea recluida en hogar de ancianos por más de 3 meses | Dentro de los 10 días hábiles posteriores a los 3 meses de la reclusión |
Sea designada para desempeñar un cargo o misión en el extranjero por más de 3 meses | Antes de efectuarse la salida |
Salga del territorio nacional por asuntos particulares con carácter temporal por más de 3 meses | Antes de efectuarse la salida |
Salga del territorio nacional por asuntos particulares con carácter permanente | Antes de efectuarse la salida |
Salga del territorio nacional como becario o funcionario por más de 3 meses | Antes de efectuarse la salida |
Sea extraído de la vivienda o la abandone por consecuencia del cumplimiento de una resolución o sentencia firme, dictada según sea el caso, por el Instituto Nacional de la Vivienda o las direcciones provinciales o municipales de la vivienda y su carné de identidad no este actualizado por esa residencia. | Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la extracción. |
- Dar baja de la Libreta de productos alimenticios a todo menor cuya patria potestad sea concedida a padre, madre o tutor, que no estando inscripto en el mismo núcleo del niño lo solicite, siempre que pueda acreditar la custodia mediante documento legal expedido por la autoridad competente.
- Entregar la Libreta de productos alimenticios al componente del núcleo que lo solicite para efectuar la baja en el Registro de Consumidores.
- Inscribir en la Libreta de productos alimenticios a toda persona que por encontrarse en Centro penitenciario, hospitalizado, en hogar de anciano, fuera del país por carácter temporal por cualquier causa, haya estado ausente y solicite su incorporación al núcleo, siempre que haya estado inscripta con anterioridad a la baja y retorne a la vivienda con carácter permanente, lo que acreditara con el carnet de identidad actualizado.
- Inscribir en la Libreta de productos alimenticios en un término no mayor de 30 días a partir de la fecha de la baja, a todo consumidor que siendo componente de la misma, haya sido dado de baja y reclame su reincorporación, siempre que éste presente su carné de identidad actualizado por esa dirección.
Responsabilidades del núcleo familiar
- Cualquier persona integrante del núcleo mayor de 16 años puede solicitar la baja del jefe del núcleo cuando este se encuentre entre los motivos anteriormente mencionados.
- Podrá solicitar su inscripción como Jefe de núcleo, cualquier componente del núcleo, siempre que acredite su condición de ocupante principal de la vivienda, mediante la presentación de algunos de los documentos que acredite la ocupación legal de la vivienda.
- El jefe de núcleo que haya sido dado de baja por alguna de las causas reflejadas en los motivos anteriores, podrá solicitar que se le reintegre como tal en la Libreta de productos alimenticios, siempre que acredite su condición de ocupante principal de la vivienda, mediante la presentación de algunos de los documentos que acredite la ocupación legal de la vivienda.
- El jefe de núcleo o cualquier miembro del núcleo, presentará la Libreta de productos alimenticios cada vez que se le sea solicitada por funcionarios del MINCIN.
- La pérdida de la Libreta de productos alimenticios será notificada en la ORC y la ORC extenderá un duplicado en un término no mayor de 7 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación.